ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL
AYUNTAMIENTO DE TRIBALDOS EL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DE 2014.

En Tribaldos, a 12 de noviembre de 2014, y siendo las 18,00 horas, se reúnen en el Salón de Sesiones del Ayuntamiento de Tribaldos, en primera convocatoria, los Sres. Concejales: D. Juan Manuel Delgado Fernández. D. Francisco García López. No asisten D. Pedro Albares Albares ni D. Juan José Gómez Albares.

Al objeto de celebrar la Sesión ordinaria, para la que han sido convocados en tiempo y forma oportuna, estando presidida por el Sr. Alcalde, D. Ángel Mansilla Sáez.Asiste el Secretario de la Corporación Salvador Molina Jaén.Declarado abierto el acto y de orden de la presidencia, se procede a dar lectura del Orden del Día de los diferentes asuntos a tratar, adoptándose los acuerdos, que a continuación se relacionan:

PUNTO UNO. – LECTURA Y APROBACIÓN SI PROCEDE DEL ACTA ANTERIOR. 

El Pleno acuerda aprobar el acta de la sesióncelebrada, el día 15 de septiembre de 2014. 

PUNTO DOS.- SOLICITUD POS 2015 DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA.

Enterada la Corporación del anuncio publicado por la Excma. Diputación Provincial en el Boletín Oficial de la Provincia relativo a las normas que regirán la convocatoria para la participación de los municipios y demás entidades locales de ámbito territorial inferior al municipio interesadas en la elaboración del Pan Provincial de cooperación a las obras y servicios de competencia municipal (POS), anualidad de 2.015, ACUERDA:

PRIMERO.- SOLICITAR la INCLUSIÓNde esta Entidad Local en el PLAN PROVINCIAL DE COOPERACIÓN A LAS OBRAS Y SERVICIOS DE COMPETENCIA MUNICIPAL 2.015, y con una población (a censo de 1-1-2013 según el INE) de 101 habitantes.

SEGUNDO.- A la vista de lo establecido en la norma 1.2, que determina que tendrán carácter preferente las inversiones asociadas al funcionamiento de los servicios mínimos que establece el artículo 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, con la asignación de inversiones y, en su caso, cantidades adicionales por núcleos de población conforme al Anexo I; y que no podrán ser objeto de ayuda en el Plan Provincial aquellas obras o servicios tales como sepulturas, nichos e instalación de contadores de agua. De conformidad con lo dispuesto en las Normas CUARTA (Documentos obligatorios para la inclusión) y SÉPTIMA (Criterios objetivos de asignación de inversiones, aportación municipal y núcleos de población para ayuntamientos que formulen exclusivamente petición al POS):

ACUERDA SER INCLUIDO CON LA SIGUIENTE OBRA(NORMA 7 apartado 1.)

· DENOMINACIÓN DE LA OBRA CON PRIORIDAD Nº 1 CASA DE LA CULTURA FASE V

· PRESUPUESTO TOTAL SOLICITADO:.21.000,00 -€

PUNTO TRES- ADAPTACIÓN LOPD. FICHEROS DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.

Vista la necesidad de adaptar el tratamiento de datos del Ayuntamiento de Tribaldos a la LOPD, y la subvención que la Diputación Provincial otorga para tal fin. Visto que el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente. El Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, recoge en los artículos 53 y 54 la forma y contenido de la disposición, destacando la necesidad de especificar el sistema de tratamiento del fichero, se acuerda por unanimidad de los concejales asistentes que representa la mayoría simple del número legal de estos:

Primero.-.Crear los ficheros de titularidad pública del Ayuntamiento de Tribaldos para el tratamiento automatizado y manual de datos de carácter personal. La creación de ficheros de titularidad pública responsabilidad de las corporaciones locales seguirá los trámites establecidos para su notificación ante el Registro de la Agencia Española de Protección de Datos de acuerdo a los artículos 25 y siguientes de la LOPD. Los ficheros descritos en el anexo a continuación se regirán por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen para cada uno de ellos, y estarán sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que les sean aplicables. Cumplen las Medidas de Seguridad establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD.

Segundo.- Los ficheros serán notificados para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos en el plazo de treinta días desde la publicación de este Acuerdo de Pleno en el Boletín Oficial de la Provincia.

Tercero.- El presente acuerdo de Pleno entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. 

PUNTO CUATRO.- RATIFICACIÓN DE ACUERDO DE LA MANCOMUNIDAD DE BASURAS “LLANOS DEL MONASTERIO”.

Enviado por la Mancomunidad de Basuras “Llanos del Monasterio” para su ratificación por el Pleno del Ayuntamiento de Tribaldos como municipio integrante de la misma, certificación de acuerdos adoptados por la Asamblea de Miembros de la Mancomunidad de fecha 23 de septiembre de 2014, para la modificación de sus estatutos,el Pleno ACUERDA con el voto favorable de todos los concejales asistentes a la Sesión que representan la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación,

Primero: Ratificar el acuerdo adoptado por la Asamblea General de la Mancomunidad en Sesión Ordinaria de fecha 23 de septiembre de 2014, sobre modificación de estatutos de la Mancomunidad, para adaptación del Artículo 3.1, conforme a lo establecido en la Disposición Transitoria Undécima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, en los mismos términos recogidos en el Acuerdo.

Segundo: Remitir el presente acuerdo a la Mancomunidad “Llanos del Monasterio”. 

PUNTO QUINTO.- MODIFICACIÓN ORDENANZA DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES. 

Mediante Providencia de Alcaldía del 5/11/2014, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, TRLHL, se incoó expediente con el de modificación de la ordenanza del Impuesto de Bienes Inmuebles. Vistos los informes de Secretaría Intervención, el Pleno de conformidad con el artículo 47.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, por mayoría absoluta de sus miembros, ACUERDA

PRIMERO. Aprobar la modificación de la citada ordenanza, con el texto siguiente:

“Artículo 3. Tipo de gravamen.

1. Los tipos de gravamen aplicables a los bienes inmuebles de naturaleza urbana serán del 0,70 %.”

SEGUNDO. Exponer al público el anterior Acuerdo mediante anuncio que se insertará en el tablón de anuncios municipal durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de dicho anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas.

TERCERO. En caso de que no se presentasen alegaciones al expediente en el plazo anteriormente indicado, el Acuerdo se entenderá definitivamente aprobado, sin necesidad de Acuerdo plenario, de conformidad con el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

PUNTO SEXTO.- APROBACIÓN DEL CONVENIO DEL PLAN ESTRATÉGICO PARA LA MODERNIZACIÓN DELA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA.

Vista la comunicación del acuerdo plenario de la Diputación Provincial de Cuenca de fecha 21 de octubre de 2014 en el que se aprobó el Plan Estratégico para la Modernización de la Administración Electrónica, dentro del cual se aprobó a su vez el convenio a firmar entre Diputación y los Ayuntamientos que regula las obligaciones de cada una de las partes. Dado el gran interés que el objeto de dicho convenio tiene para el Ayuntamiento de Tribaldos el Pleno ACUERDA con el voto favorable de todos los concejales asistentes a la Sesión que representan la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación,

Primero: Aprobar el convenio regulador de las obligaciones entre este ayuntamiento y la Diputación Provincial de Cuenca para el desarrollo del Plan Estratégico para la Modernización de la Administración Electrónica.

Segundo: Habilitar al Señor Alcalde para la firma de cuanta documentación sea necesaria a este respecto. 

PUNTO SÉPTIMO.- INFORMES DE ALCALDÍA. 

Tras dar cuenta de las Resoluciones de Alcaldía del último trimestre no hubo otros puntos a tratar.  

PUNTO OCYAVO.- RUEGOS, PREGUNTAS Y MOCIONES.

No hubo temas a tratar.

No habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión, siendo las 19,00 horas, extendiéndose la presente acta, que una vez leída y aprobada será transcrita al correspondiente libro, de lo que yo el Secretario, certifico.

EL SECRETARIO

EL ALCALDE