Vado Peatonal transversal a la directriz de la acera:
- El eje del vado se situará en la directriz del paso peatonal.
- En todo caso, quedará una banda de paso de anchura suficiente en la acera no afectada por el vado peatonal.
- Esta solución es la más idónea en el caso de aceras amplias.
El vado de paso de peatones se considera accesible cuando cumple los siguientes requisitos:
- La anchura libre mínima es de 1,80 m. de forma que permita el tránsito de dos personas en silla de ruedas.
- El bordillo del vado no supera 2 cm. de altura respecto a la calzada y los cantos se redondean o se achaflana a 45º.
- La pendiente longitudinal del vado es como máximo del 8%. La pendiente transversal máxima es del 2%.
- Señalización con pavimento de textura diferenciada.
El vado de entrada y salida de vehículos debe diseñarse de manera que:
- El itinerario de peatones que atraviesan, no puede quedar afectado por una pendiente longitudinal superior al 8%, ni una pendiente transversal superior al 2%.