RAMPAS. Pendientes longitudinales máximas admisibles
Valor recomendado: 6 %.
Longitud del tramo | Pendiente |
---|---|
menos de 3 m. entre 3 y 10 m. más de 10 m. |
10 - 12 % |
Barandilla protectora
En aquellos desarrollos en rampa que salven desniveles superiores a 1 m., se dispondrá una barandilla protectora cerrada, en evitación de caídas.
Artículos del Código aquí desarrollados: Art. 13.3, Art. 13.4, Art. 14.1, Art. 14.5
Si el desnivel supera los 20 cm. la rampa irá provista de zócalo o elemento de protección
Superación de un desnivel mediante una solución que integra unos pocos peldaños con un desarrollo en rampa. En los cambios de dirección, el itinerario en rampa tendrá un rellano horizontal de descanso de dimensiones en planta 1,50 x 1,50 m.
La longitud máxima de un tramo en rampa es de 10 m. A intervalos regulares se dispondrán rellanos horizontales de descanso.