Artículos del Código aquí desarrollados: Art. 13.3,,Art. 13.4, Art. 16.1
Se procurará reducir al máximo el número de elementos verticales. Una posible alternativa será fijar la señalización a la fachada de la edificación.
Adecuada disposición de elementos de mobiliario urbano.
Los elementos de mobiliario urbano conteniendo información y publicidad serán detectables por personas invidentes y no comprometerán la banda de circulación peatonal.
Se reservarán espacios en la vía pública para la disposición de cubos y contenedores. Asimismo se preverán zonas de aparcamiento para bicicletas y motocicletas.