CODIGO
Artículo 37.- Accesibilidad en el transporte urbano.
(…)
2.- En los autobuses urbanos, cuya autorización dependa de las administraciones públicas de Castilla-La Mancha, deben reservarse para personas con movilidad reducida como mínimo dos plazas por coche dotadas de cinturón de seguridad, cerca de las puertas y señalizadas adecuadamente.
Se reservará igualmente un espacio de alojamiento para al menos dos usuarios en sillas de ruedas, colocados según el eje longitudinal del vehículo y dotados de anclajes y cinturón de seguridad.
En ambos lugares se debe disponer de un timbre de aviso de parada en un lugar fácilmente accesible.
3.- Los vehículos de transporte público, cuya autorización dependa de las administraciones públicas de Castilla-La Mancha, deben cumplir las condiciones que se establecen en el apartado 3.3 del Anexo 3.
4.- Se garantizará, al menos, la existencia de un autobús urbano que cumpla las anteriores características por cada línea de recorrido, que por su horario permita la integración social y laboral de las personas con movilidad reducida permanente.
Artículo 20.- Transporte urbano.
1.- La nueva adquisición de material móvil destinado a transporte público urbano colectivo deberá ser accesible a todas las personas con limitaciones o movilidad reducida, tanto por la altura de la plataforma, como por los sistemas mecánicos de ascenso y descenso, de información, de iluminación, y de seguridad. Se reservarán, al menos, dos plazas por coche destinadas a personas con movilidad reducida, que dispondrán de cinturón de seguridad, y estarán señalizadas y cercanas a las puertas de entrada, para facilitar su salida, teniendo accesible un timbre de aviso de parada. El interior de los vehículos contará con sistemas luminosos y de megafonía para aviso de la próxima parada.
En los mencionados autobuses urbanos, con la finalidad de evitar que las personas con limitaciones crucen todo el vehículo, éstas podrán desembarcar por la puerta de entrada si está mas cercana a su ubicación. Contarán con piso antideslizante, y con espacio reservado a personas que utilicen sillas de ruedas, dotados de anclajes y cinturón de seguridad.
Se garantizará, al menos, la existencia de 1 autobús de estas características por cada línea de recorrido, que por su horario permita la integración social y laboral de las personas con movilidad reducida permanente.
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Autobuses: Evolución en la altura del piso hasta llegar a los vehículos actuales de piso bajo.
La tecnología de piso bajo se está generalizando en los últimos años.