Transporte. Adaptación de transportes existentes.


CODIGO

CAPITULO IV
DISPOSICIONES SOBRE
ACCESIBILIDAD EN EL
TRANSPORTE

Artículo 34.- Accesibilidad en el transporte.

(...)

2.- Las administraciones públicas competentes en el ámbito del transporte en Castilla-La Mancha deben elaborar y mantener permanentemente actualizado un plan de supresión de barreras dirigido a la utilización y adaptación progresiva de los transportes públicos colectivos.


Ley

TITULO II. ELIMINACION DE BARRERAS

Artículo 28.- Eliminación de barreras en el transporte.

1.- Los vehículos de transporte público interurbano de viajeros cuya autorización dependa de las administraciones públicas de Castilla-La Mancha, deberán adaptarse progresivamente, en el plazo máximo de 10 años, a los criterios de accesibilidad establecidos en la presente Ley.

2.- En el plazo de 1 año los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha, elaborarán programas de adaptación y eliminación de barreras en el transporte público urbano colectivo de viajeros. Dichos programas deberán contener un estudio de necesidades de eliminación de barreras, el orden de prioridades con que se ejecutará, y los plazos para su realización, que no podrá superar los 10 años.

3.- Las estaciones de transporte público de viajeros deberán adaptarse progresivamente a lo dispuesto en la presente Ley. Los proyectos de reestructuración, adaptación, reforma o rehabilitación de las estaciones de transporte público, se atendrán a los criterios de accesibilidad establecidos en el artículo 19 de esta Ley, y su plazo máximo será de 10 años.

Comentarios

Programas de adaptación y eliminación de barreras en el transporte público urbano

- Estructura y contenido de los programas.
1. Estudio de necesidades:
Inventario de los espacios, edificaciones, instalaciones y medios de transporte que hayan de ser objeto de adaptación y eliminación de barreras.
2. Orden de prioridades en que se llevarán a cabo.
3. Fases de ejecución del Programa, especificando los plazos para su realización, que no podrá superar los 10 años.

- Administración responsable.
Las Administraciones responsables de la elaboración y aplicación de los Programas de Accesibilidad del Transporte público urbano son los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha.

 

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