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Barras verticales de sujeción
- La disposición de barras será tal que la separación entre dos contiguas sea inferior a 1,20 m.
- Las barras irán desde el piso hasta el techo del vehículo.
Las barras serán de material antideslizante, diámetro adecuado y color contrastado de modo que se facilite su localización por parte de personas con limitación visual.
3.3.2.- La circulación interior de un vehículo accesible ha de cumplir los siguientes requisitos:
- El suelo de los vehículos de transporte es antideslizante y no tiene ningún escalón u obstáculo que impida la libre circulación en su interior.
- El itinerario desde la puerta de acceso hasta el espacio de alojamiento tiene un ancho de espacio mínimo de 0,80 m. libre de obstáculos. En el área de pasajeros el paso se puede reducir a una anchura de 0,40 a 0,55 m.
- Hay un espacio libre para giros de 1,50 m. de diámetro.
- El techo de los pasillos tiene una altura libre de 2,10 m. como mínimo.
- Las barras verticales de sujeción para permitir una progresión adecuada a las personas con dificultades en la marcha, serán antideslizantes y de colores contrastados y de diámetro entre 30 y 35 mm. El número mínimo de éstas será tal que no haya más de una fila de asientos sin su correspondiente barra.
- Los mecanismos e instrumentos de accionamiento están a una altura sobre el pavimento superior a 0,80 m. e inferior a 1,10 m.
- Las señales de aviso se colocan en el techo en lugares visibles tanto para los pasajeros que viajen sentados como para los que lo hacen de pie.